ANTECEDENTES
El día 25 de enero del año 2000, mediante Decreto publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, se crea legalmente el Instituto de Formación y Capacitación Policial, conocido por sus siglas como INFOCAP, siendo la primera institución de capacitación que de manera formal tuvo la policía del Estado, con la noble finalidad de dar a la policía estatal los fundamentos básicos, teóricos y prácticos, que rigieran su actuación.
Con fecha 12 de junio de 2009, el H. Congreso del Estado de Guerrero aprobó diversas reformas y adiciones a la Ley número 281 de Seguridad Pública del Estado de Guerrero, publicadas en el Periódico Oficial del Estado número 48 Alcance I, de fecha 16 de junio de 2009. Estas modificaciones homologan y fortalecen la formación, capacitación, actualización y profesionalización de los cuerpos policiales del Estado y Municipios; precisando en su artículo108, 110 y 110 bis, las funciones de esta Institución.
Dando continuidad y modernidad a la profesionalización de los aspirantes y elementos activos de las instituciones de Seguridad Pública, y con el objetivo de Diseñar e Implementar Sistemas de Formación, Capacitación, Adiestramiento, Desarrollo, Actualización, Permanencia, promoción y profesionalización a nivel Licenciatura; el congreso del Estado emite el Decreto por el que la Coordinación del Instituto de Formación y Capacitación Policial, se transforma en el Instituto Universitario de Ciencias Policiales del Estado de Guerrero IUCP, publicado en el periódico oficial del gobierno del estado, edición 67, el 21 de agosto del 2012.
El 24 de Octubre del año próximo pasado, se crea por Decreto en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, la Universidad Policial del Estado de Guerrero (UNIPOL) la cual cumple con los criterios establecidos en el Programa Rector de Profesionalización contemplados por el Sistema Nacional de Seguridad Publica, asumiendo el compromiso de consolidar una sola estructura educativa con el firme propósito de profesionalizar a los elementos de las instituciones policiales bajo el esquema de la instauración del nivel medio superior y superior.
La Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública (LGSNSP) reconoce primeramente a esta Universidad Policial, como una academia de formación de acuerdo a lo estipulado en su artículo 4, además de regular nuestro actuar, en base a lo referido en el artículo 5 apegado siempre a los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto pleno a los derechos humanos, así mismo en el artículo 47 nos refiere cuáles son nuestras funciones como academia, y del numeral 78 al 98 el procedimiento de la carrera policial y de la profesionalización.
De la misma manera lo hace el Estado de Guerrero en la Ley Número 179 del Sistema de Seguridad Pública del Estado Libre y Soberano de Guerrero, en base a los artículos 71, 72 fracción IV, 75, 80, 81, 90, 94 y 9 para con esto, sea eficiente la profesionalización de los cuerpos de seguridad pública en el estado, elevando su calidad en el servicio a estándares internacionales y brindar así un servicio de seguridad pública digno de la sociedad Guerrerense.